LINEAMIENTOS del Programa de Modernización de los Registros Públicos de la Propiedad y Catastros

Apreciables Clientes y Socios de Negocio:

El pasado 17 de abril del 2020, se publicaron en el Diario Oficial de la Federación los “LINEAMIENTOS del Programa de Modernización de los Registros Públicos de la Propiedad y Catastros” (en adelante, los Lineamientos), mediante los que el gobierno federal, a través de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (en adelante, SEDATU), busca modernizar los Registros Públicos de Propiedad y Catastros con estructuras jurídicas, técnicas y operativas adecuadas.

Los Lineamientos están dirigidos a las instituciones registrales de las entidades federativas y los municipios que cuenten con un rezago en su modernización, que no hayan participado en el programa o cuenten con el cierre formal del último proyecto autorizado, el Certificado de Información Actualizada emitido por el Sistema Integral para la Gestión de Información Registral y Catastral y suficiencia presupuestaria de acuerdo con los Lineamientos.

Los Lineamientos establecen, en síntesis, que aquellas instituciones registrales interesadas en formar parte del programa deberán presentar un proyecto de modernización ante la Dirección General de Inventarios y Modernización Registral y Catastral (en adelante, DGIMRC) de la SEDATU, autoridad que se encargará de su evaluación y posterior autorización (esto último solo en caso de cumplir con lo señalado en los Lineamientos).

La recepción de documentos digitales se realizará a través de la ventanilla única de atención, mediante su envío al correo electrónico registrocatastro_ventanillaunica@sedatu.gob.mx, mientras que la recepción de documentos físicos se realizará en el domicilio de la DGIMRC ubicado en Donato Guerra N°3, Col. Juárez, Alcaldía Cuauhtémoc, C.P. 06600, Ciudad de México.

En caso de que el proyecto presentado sea autorizado, la SEDATU aportará a la institución beneficiaria un subsidio equivalente al 60% del total de los recursos necesarios para la implementación del proyecto aprobado, mientras que la institución beneficiaria aportará el 40% restante.

A continuación, se comparte el enlace electrónico para consultar de manera íntegra lo señalado en los Lineamientos de referencia, donde se señalan también diversas consideraciones adicionales a la ejecución, procedimiento, transparencia, etc., de estos:

https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5591818&fecha=17/04/2020

Sin más por el momento, les reiteramos que nos ponemos a sus órdenes para atender cualquier duda y/o asesoría que requieran para conocer más sobre el contenido e implicaciones legales de estos Lineamientos.