LINEAMIENTOS PARA LA OPERACIÓN DEL PROGRAMA DE APOYO FINANCIERO A MICROEMPRESAS FAMILIARES

Apreciables Clientes y Socios de Negocio:

En seguimiento a la publicación del pasado 24 de abril de 2020, en la cual se dieron a conocer en el Diario Oficial de la Federación los “LINEAMIENTOS PARA LA OPERACIÓN DEL PROGRAMA DE APOYO FINANCIERO A MICROEMPRESAS FAMILIARES” por parte de la Secretaría de Economía en conjunto con el Instituto Mexicano de Seguridad Social, donde se advierten las reglas que rigen la operación y funcionamiento del que también se denomina como “PROGRAMA DE CRÉDITO A LA PALABRA”.

Por lo que el Gobierno Federal ha puesto a disposición dicho programa con el objetivo de salvaguardar sus actividades económicas como para mantener los empleos que generan y atender la necesidad de financiamiento de las empresas con registro patronal en el IMSS que han preservado su plantilla laboral en el 2020.

Nuestra firma, teniendo como prioridad ser el canal oficial de los acuerdos y avisos oficiales que puedan ser de utilidad para usted y para su empresa, le informamos lo respectivo al funcionamiento del programa en cuestión:

COBERTURA Y POBLACIÓN QUE ATENDERÁ EL PROGRAMA

El Programa tendrá cobertura de alcance nacional, según determine el propio IMSS. El Programa estará dirigido a la siguiente población:

I. Población Potencial: Micronegocios formales e informales en áreas urbanas y empresas que no hayan disminuido su plantilla laboral durante el primer trimestre de 2020, con afectaciones económicas derivadas de la emergencia sanitaria generada por la propagación del COVID19. II. Población Objetivo: Proporción de la población potencial que es factible atender con los recursos aprobados al Programa en el ejercicio 2020.

CRITERIOS DE ELEGIBILIDAD Y REQUISITOS

Se considerarán elegibles los Micronegocios con registro vigente en el IMSS, ya sean personas físicas o morales, y que no hayan reducido su plantilla laboral durante el ejercicio 2020 ni los salarios pagados a su personal. Las personas interesadas podrán acudir a la página http://www.imss.gob.mx/ para su registro, en la que deberán ingresar su clave del Registro Federal de Contribuyentes, y el IMSS les dará a conocer si es elegible para el crédito. De ser persona elegible, deberá llenar la solicitud con los siguientes datos, según corresponda:

a) Nombre completo;

b) Dirección;

c) Teléfono;

d) CURP;

e) Manifestar ser el representante legal del Micronegocio en caso de ser persona moral, y

f) Cuenta bancaria a su nombre o el de la persona moral que representa, en la que desea recibir los recursos del Apoyo Financiero.

DE LAS CARACTERÍSTICAS DE LOS APOYOS

El Programa considera el acceso a un Apoyo financiero por $25,000.00 (veinticinco mil pesos 00/100 M.N.) que se entregarán en forma individual a las personas o representantes legales de las personas morales que cumplan los criterios de elegibilidad y los requisitos establecidos.

Se contará con tres meses de gracia, y a partir del cuarto mes se realizarán 33 reembolsos mensuales conforme a la siguiente tabla de la cual sólo cobra relevancia la modalidad “Crédito Solidario a la Palabra”.

DE LA OPERACIÓN DEL PROGRAMA

El IMSS, con base en el análisis del comportamiento que tuvieron las empresas con relación a su plantilla laboral, y considerando la información que se registran en su plataforma en línea, determinará el padrón de personas o empresas elegibles.

VERIFICACIÓN DE LA INFORMACIÓN

El IMSS integra una base de datos de los beneficiarios potenciales que cumplen con los criterios de elegibilidad y requisitos y se realizarán las gestiones necesarias para solicitar a la TESOFE la dispersión desde el Sistema de Cuenta Única de Tesorería a las cuentas bancarias proporcionadas por los Micronegocios.

Para la Modalidad Crédito Solidario a la Palabra, la Secretaría publicará en el sitio http:// https://www.gob.mx/se/ el procedimiento para efectuar los rembolsos.

Acuerdo publicado en el DOF el 24 de abril del presente año por la Secretaría de Economía

Sin más por el momento, les reiteramos que nos ponemos a sus órdenes para resolver cualquier duda y, en su caso, atender las asesorías que requieran para conocer más sobre el contenido y las implicaciones legales de estos LINEAMIENTOS.