Boletín acerca del “Convenio de Colaboración para el Intercambio de Información” celebrado en fecha 13 de agosto de 2019 entre el IMSS y la UIF de la SSHCP

Apreciables Clientes y Socios de Negocio:

El pasado 13 de agosto de 2019, el Instituto Mexicano de Seguridad Social (IMSS) y la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) celebraron un Convenio de Colaboración (en adelante el “Convenio”) con el propósito de mejorar las labores de fiscalización y el combate a la corrupción.

En el Convenio tanto el IMSS como la UIF acuerdan intercambiar información relativa a la documentación, informes o datos con la que cuenten, para el fortalecimiento y eficiencia de las labores de fiscalización del IMSS, ayudando con esto a la UIF en la prevención y oportuna detección de conductas que conduzcan a la comisión de delitos de operaciones con recursos de procedencia ilícita, financiamiento al terrorismo y aquellos relacionados con estos.

Bajo esta premisa la UIF se comprometió a entregar al IMSS informes sobre aquellos reportes y avisos respecto de actos u operaciones que deben presentar los sujetos obligados, relacionada con los patrones, trabajadores, personas físicas, personas morales y demás sujetos obligados que se encuentren registrados en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC).

A su vez, el IMSS se comprometió a entregar a la UIF información contenida en sus bases de datos, derivado de sus facultades, sistemas y los mecanismos de análisis de información fiscal, financiera, contable, datos e imágenes relacionadas con los patrones, trabajadores y demás sujetos que se encuentren registrados y afiliados al Seguro Social, esto con la finalidad de vigilar las actividades que las Outsourcing realicen.

Para agilizar dicho intercambio de información el IMSS y la UIF conformarán grupos de trabajo donde discutirán sobre la información proporcionada y elaborarán los planes de acción que ambos estarían implementando, apoyándose para esto no solo entre ellos, si no con las demás instituciones del país.

Cabe señalar que, si bien la confidencialidad de la información es un tema en boga, existe un foco rojo en el Convenio ya que tanto el IMSS como la UIF no se harán responsables por la divulgación de información que estos hagan a terceros, por lo que cada institución se hará responsable de cada uno de los actos que realice y la(s) persona(s) afectada(s) podrá(n) hacer valer las acciones correspondientes para mantener la confidencialidad de su información. Dicho documento puede ser consultado en el siguiente link:

https://tavares.com.mx/docs/Convenio%20SHCP-IMSS.pdf

Sin más por el momento les reiteramos que cualquier duda y/o asesoría que requieran para conocer más sobre el contenido e implicaciones legales del Convenio, nos ponemos a sus órdenes.