ACUERDO por el que se modifica el diverso que establece las reglas para la presentación de solicitudes ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial

Apreciables clientes y socios de negocio:

El día 3 de septiembre de 2019, se publicó en el Diario Oficial de la Federación (en adelante DOF) el “Acuerdo por el que se modifica el diverso que establece las reglas para la presentación de solicitudes ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial” en adelante (acuerdo).

En dicho acuerdo se señalan algunas modificaciones y adecuaciones a diversos artículos de la Ley de Propiedad Industrial y su Reglamento, así como del “Acuerdo por el que se modifica el diverso que establece las reglas para la presentación de solicitudes ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI)”; lo anterior, con la finalidad de establecer las adecuaciones necesarias para la digitalización de las comunicaciones entre la autoridad y los usuarios mediante nuevas actualizaciones a la plataforma digital y la nueva aplicación móvil; es decir, a través de estos servicios, se podrá establecer contacto entre las partes mediante avisos a través de dirección de correo electrónico que los usuarios proporcionen, así como la posibilidad de presentar solicitudes de trámites y promociones, recepción de mensajes informativos sobre las notificaciones que sean publicadas, así como la existencia de un buzón en línea; lo anterior, con la intención de que los usuarios puedan acceder con mayor facilidad a la información, facilitar la operación de las plataformas, así como la disminución en los tiempos de respuesta, lo que acercará, facilitará y agilizará a los usuarios los servicios ofrecidos por el Instituto.

Dadas estas modificaciones, los formatos oficiales para la solicitud de trámites han sido actualizados y a partir del martes 01 de octubre del presente año, todas las solicitudes de trámite que se realicen ante el IMPI serán únicamente a través de dichos formatos, los cuales estarán disponibles para su descarga gratuita en la página:

https://www.gob.mx/impi

Las disposiciones del presente Capítulo no serán aplicables a aquellas solicitudes o promociones tramitadas desde su inicio hasta su conclusión mediante otros servicios electrónicos del Instituto. El acuerdo entrará en vigor al día hábil siguiente de su publicación en el DOF.

A continuación, les proporcionamos la liga mediante la cual podrán conocer más al respecto sobre la publicación en el DOF.

https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5571107&fecha=03/09/2019

Sin más por el momento les reiteramos que cualquier duda y/o asesoría que requieran para conocer más sobre el contenido e implicaciones legales del Acuerdo, nos ponemos a sus órdenes.