Apreciables clientes y socios de negocio:
El pasado 13 de mayo se publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el “AVISO POR EL QUE SE MODIFICA EL DIVERSO POR EL CUAL SE DA A CONOCER LA ACCIÓN SOCIAL “APOYO EMERGENTE A PERSONAS TRABAJADORAS NO ASALARIADAS RESIDENTES DE LA CIUDAD DE MÉXICO, ANTE LA EMERGENCIA SARS-COV2 (COVID-19)” Y SUS LINEAMIENTOS DE OPERACIÓN, Y SE CAMBIA LA DENOMINCIÓN DE DICHA ACCIÓN SOCIAL, A “APOYO EMERGENTE A PERSONAS TRABAJADORAS NO ASALARIADAS, CON REGISTRO ANTE LA SECRETARÍA DE TRABAJO Y FOMENTO AL EMPLEO, RESIDENTES DE LA CIUDAD DE MÉXICO Y A PERSONAS TRABAJADORAS EVENTUALES QUE RESIDEN Y REALIZAN SU ACTIVIDAD ECONÓMICA EN LA CIUDAD DE MÉXICO, Y QUE HAN VISTO AFECTADOS SUS INGRESOS POR LA SUSPENSIÓN DE ACTIVIDADES NO ESENCIALES, ANTE LA EMERGENCIA SARS-COV2 (COVID-19)” (en adelante, el Aviso), mediante el que la secretaria del trabajo y fomento al empleo determina diversas modificaciones relacionadas con la entrega de los apoyos económicos señalados.
En virtud de lo anterior, se destacan las modificaciones más relevantes señaladas en el Aviso:
- Se establece que la entrega de los apoyos se realizará en dos modalidades, es decir, para la población que realiza trabajo no asalariado (en adelante, Modalidad A) y para la población que realiza trabajo eventual (en adelante, Modalidad B); así mismo, se define a cada una de etas en un apartado específico. En ambos casos, se deberá contar con el registro previo que corresponda.
- Las autoridades responsables serán la Dirección General de Trabajo y Previsión Social (Modalidad A) y la Dirección General del Empleo en colaboración con la Secretaría de Gobierno de la Ciudad de México (Modalidad B)
- Se amplía el rango de beneficiarios, pasando de un total de 4,264 a uno compuesto de ese mismo número respecto a los beneficiarios de la Modalidad A más 6,000 personas correspondientes a la Modalidad B, resultando en un total de 10,264 beneficiarios.
- En virtud de lo dispuesto por el numeral anterior, se amplía el presupuesto estimado para cumplir con la acción social en comento, pasando de $6,396,000.00 (seis millones trescientos noventa y seis mil pesos 00/100 M.N.) a $30,792,000.00 (treinta millones setecientos noventa y dos mil pesos 00/100 M.N.).
- Se amplía la temporalidad del programa, señalando que será del 19 de abril al 19 de agosto de 2020.
- Se señalan medios de atención específicos para cada una de las modalidades.
A continuación, se proporciona el enlace electrónico para la consulta íntegra del Aviso en comento, cuya vigencia inició el día de su publicación:
https://data.consejeria.cdmx.gob.mx/portal_old/uploads/gacetas/7d567a0c4c423c3af7592 f53e4cb73a9.pdf
Sin más por el momento, les reiteramos que nos ponemos a sus órdenes para atender cualquier duda y/o asesoría que requieran para conocer más sobre el contenido e implicaciones legales del Aviso en comento.