Acuerdo que adiciona al numeral Cuarto del Acuerdo de 17 de abril de 2020, en el que modifica y adiciona el diverso por el que se suspenden los términos y plazos inherentes a los procedimientos administrativos y trámites y se otorgan facilidades administrativas para el cumplimiento de las obligaciones fiscales, para prevenir la propagación del virus COVID–19

Apreciables clientes y socios de negocio:

El pasado 18 de mayo se publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el “ACUERDO QUE ADICIONA AL NUMERAL CUARTO DEL ACUERDO DE 17 DE ABRIL DE 2020 EN EL QUE MODIFICA Y ADICIONA EL DIVERSO POR EL QUE SE SUSPENDEN LOS TÉRMINOS Y PLAZOS INHERENTES A LOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS Y TRÁMITES Y SE OTORGAN FACILIDADES ADMINISTRATIVAS PARA EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES FISCALES, PARA PREVENIR LA PROPAGACIÓN DEL VIRUS COVID–19” (en adelante, el Acuerdo), mediante el que la jefatura de gobierno de la Ciudad de México (en adelante, CDMX) determina que, en el contexto de emergencia sanitaria decretada en el país por el Consejo de Salubridad General y considerando los diversos instrumentos jurídicos emitidos por la administración pública de la CDMX tendientes a evitar el contagio y propagación del virus COVID-19, la Procuraduría de la Defensa del Trabajo (en adelante, PDT) estará facultada para realizar algunas actividades cuya ejecución se encuentre suspendida, pues ello constituye una medida necesaria para la protección de los derechos de la clase trabajadora que ha visto afectada su economía por las causas ya descritas.

Ahora bien, a efecto de que los procedimientos instaurados que busquen proteger los derechos de los trabajadores estén dotados de legalidad, se señala que los actos administrativos emitidos por los servidores públicos de la PDT cuyo objetivo sea i) la elaboración de convenios de terminación laboral, ii) pago de prestaciones y iii) el cumplimiento de convenios celebrados con anterioridad a la suspensión, estarán exentos de la suspensión de actividades señalada en el instrumento jurídico que modifica el Acuerdo de referencia.

A continuación, les proporcionamos el enlace electrónico mediante el que podrán consultar de manera íntegra el Acuerdo analizado, cuya vigencia inició el día de su publicación:

https://data.consejeria.cdmx.gob.mx/portal_old/uploads/gacetas/6497dc6f3358595459a8 cfc17c39e1ea.pdf

Sin más por el momento, les reiteramos que nos ponemos a sus órdenes para atender cualquier duda y/o asesoría que requieran para conocer más sobre el contenido e implicaciones legales del Aviso en comento.