Vigésimo segundo Aviso por el que se da a conocer el color del Semáforo Epidemiológico de la Ciudad de México, así como la modificación a los Lineamientos para la ejecución del Plan Gradual hacia la Nueva Normalidad en la Ciudad de México

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El pasado 25 de septiembre de 2020 se publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el “Vigésimo segundo Aviso por el que se da a conocer el color del Semáforo Epidemiológico de la Ciudad de México, así como la modificación a los Lineamientos para la ejecución del Plan Gradual hacia la Nueva Normalidad en la Ciudad de México” (en adelante, el Aviso), mediante el que el Comité de Monitoreo de la ciudad determinó, con base en la ocupación hospitalaria de casos relativos al virus COVID-19, que
en el período comprendido del 28 de septiembre al 04 de octubre del 2020, el color del semáforo epidemiológico para la Ciudad de México (en adelante, CDMX) se mantendrá en naranja.


El Aviso establece también la modificación al numeral quinto de los “Lineamientos para la Ejecución del Plan Gradual hacia la Nueva Normalidad en la Ciudad de México” (en adelante, los Lineamientos), pues determina que los servidores públicos del Gobierno de la Ciudad
de México, continuarán laborando a distancia hasta que el Comité de Monitoreo determine que el semáforo epidemiológico de la Ciudad de México (en adelante, CDMX) se encuentre en color verde, a excepción del personal cuyas actividades estén relacionadas directamente con la operación de Gobierno en materia de recaudación y programas sociales.


Se destaca también que el Aviso determina la modificación del ordinal tercero de los Lineamientos, señalando que el regreso de actividades presenciales de corporativos y oficinas del sector privado deberá prorrogarse hasta que el Comité de Monitoreo determine que el color del semáforo epidemiológico de la CDMX se encuentra en verde; lo anterior con excepción de aquellas actividades que en las que sea indispensable la presencia del personal para el funcionamiento de la actividad que conforme al color del semáforo se encuentre operando.


A continuación, se proporciona el enlace para consultar de manera íntegra el contenido del Aviso en comento, donde podrán encontrarse también todas las condiciones especiales que deberán cumplir los establecimientos del giro señalado:


Clic aquí.


Sin más por el momento, les reiteramos que nos ponemos a sus órdenes para atender cualquier duda y/o asesoría que requieran para conocer más sobre el contenido e implicaciones legales del Aviso referido.