ACUERDO por el que se dispone de la Fuerza Armada permanente para llevar a cabo tareas de seguridad pública de manera extraordinaria, regulada, fiscalizada, subordinada y complementaria

Apreciables Clientes y Socios de Negocio:

El pasado 11 de mayo de 2020, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el “ACUERDO por el que se dispone de la Fuerza Armada permanente para llevar a cabo tareas de seguridad pública de manera extraordinaria, regulada, fiscalizada, subordinada y complementaria” (en adelante, el Acuerdo), mediante el que el Presidente de la República Mexicana señala que al considerar la seguridad pública como un deber primario a cargo del Estado, resulta imprescindible garantizar a la población su cumplimiento, por lo que ordena a la fuerza armada permanente a participar, de manera extraordinaria y complementaria con la Guardia Nacional, en las actividades relacionadas con la seguridad pública.

Lo anterior deberá realizarse de acuerdo con los siguientes criterios:

  1. El objetivo del Acuerdo es otorgar apoyo a la Guardia Nacional durante el período en que dicha institución desarrolla su estructura, capacidades e implantación territorial.
  2. El plazo máximo durante el que la fuerza armada participará en dichas actividades será de cinco años, contados a partir de la entrada en vigor del presente Acuerdo.
  3. El Secretario de Seguridad y Protección Ciudadana deberá coordinarse con los secretarios de la Defensa Nacional y de Marina para definir los alcances de la cooperación señalada en el Acuerdo.

Se señala también que todas las erogaciones derivadas del cumplimiento de lo señalado en el documento de referencia deberán cubrirse con los recursos otorgados como presupuesto para la Guardia Nacional para el presente ejercicio fiscal y todos los subsecuentes, hasta que se cumpla el plazo señalado en el numeral dos.

A continuación, se comparte el enlace electrónico para consultar de manera íntegra el contenido íntegro del Acuerdo en comento:

https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5593105&fecha=11/05/2020

Sin más por el momento, les reiteramos que nos ponemos a sus órdenes para atender cualquier duda y/o asesoría que requieran para conocer más sobre el contenido e implicaciones legales del Acuerdo en comento.