CRÉDITO SOLIDARIO A LA PALABRA.

Apreciables Clientes y Socios de Negocio:

El pasado 16 de abril de 2020, se publicó el BOLETÍN DE PRENSA No. 200/2020, por el Instituto Mexicano de Seguridad Social, en el cual se informó el servicio denominado “CRÉDITO SOLIDARIO A LA PALABRA” que prevé en el marco de la emergencia sanitaria por COVID-19, como parte de los incentivos económicos que el Gobierno Federal brinda a las empresas, también denominado APOYO A EMPRESARIOS SOLIDARIOS, los cuales a pesar de las adversidades suscitadas no recortaron su plantilla laboral en el primer trimestre del año; por lo que esta firma preocupada por sus finanzas hace de su conocimiento esta herramienta Institucional para que, de encontrarse interesado en obtener el beneficio pueda conocer los requisitos y el procedimiento del presente crédito.

REQUISITOS DE SELECCIÓN.

a) Ser una empresa constituida con al menos un trabajador durante los meses de enero, febrero, marzo y abril de 2020.

b) No haber disminuido la plantilla laboral durante estos 4 meses.

c) Considerando el corte de empleo al día 15 de abril de 2020, mantuvieron por lo menos el mismo nivel de empleados observado durante el primer trimestre del año.

d) Contar con RFC

CRITERIOS A CONSIDERAR

● La naturaleza del beneficio es de un crédito por una única exhibición que deberá ser puntualmente pagado ante una institución crediticia.

● El beneficio otorgado será por la cantidad de $ 25,000.00 mxn (veinticinco mil pesos mexicanos).

● El pago será de $ 700.00 mxn (setecientos pesos mexicanos) por 36 meses, el primer pago será a partir del tercer mes, con un interés de 6.5% -tasa de referencia de Banco de México- para las empresas de uno a cinco trabajadores, que puede aumentar según el número de trabajadores.

PROCEDIMIENTO PARA LA OBTENCIÓN CREDITICIA.

  1. Ingresar a la dirección oficial por la página de internet www.imss.gob.mx ubicada en el apartado Información, Trámites y Servicios y haz click en el apartado Patrones o Empresas.
  2. Deberá registrar su RFC y el sistema le indicará si es sujeto del beneficio o no.
  3. Llene la solicitud con los datos (nombre, dirección, teléfono, CURP, cuenta bancaria si la tiene).
  4. Nafin transferirá a bancos comerciales su información en caso de ser acreditado.
  5. El banco le creará una cuenta digital a cada acreditado y transferirá de manera automática la cantidad establecida en concepto de crédito.
  6. Los acreditados pagan su crédito a través de su cuenta digital, ya sea en un cajero o una sucursal.
  7. Nafin dará seguimiento a los créditos y generará los reportes para IMSS y Secretaría de Economía correspondientes por periodo.

Dicho boletín puede ser consultado en el siguiente link:

http://www.imss.gob.mx/sites/all/statics/i2f_news/IMSS%20Bolet%C3%ADn%20200.pdf

Sin más por el momento, les reiteramos que nos ponemos a sus órdenes para resolver cualquier duda y, en su caso, atender las asesorías que requieran para conocer más sobre el contenido y las implicaciones legales de este Programa Social.