Apreciables Clientes y Socios de Negocio:
El pasado 04 de octubre de 2019 se publicó en el Semanario Judicial de la Federación la Jurisprudencia Laboral identificada como “RECIBOS DE PAGO EMITIDOS POR MEDIOS ELECTRÓNICOS SIN FIRMA DEL TRBAJADOR. SON VÁLIDOS PARA ACREDITAR LOS CONCEPTOS Y MONTOS QUE EN ELLOS SE INSERTAN.”
En el documento señalado, se determina la validez de los recibos de pago obtenidos por medios electrónicos para acreditar los montos que en ellos se insertan. Dicho pronunciamiento consideró el avance tecnológico y la necesidad de evitar pagos en efectivo como factores determinantes para resolver en ese sentido, por lo que, a falta de prueba en contrario, se estima que no hay razón jurídica para cuestionar su eficacia probatoria.
A continuación, se incluye un enlace para consultar el contenido íntegro de la publicación mencionada: