Apreciables Clientes y Socios de Negocio:
El 16 de mayo de 2019 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el “Decreto por el que se reforma la fracción III del artículo 113 y se adiciona un artículo 113 Bis del Código Fiscal de la Federación” (en adelante el “Decreto”), emitido por el presidente de los Estados Unidos Mexicanos, mismo que entró en vigor el 17 de mayo de 2019, el cual está enfocado en sancionar a los emisores y adquirentes de Comprobantes Fiscales apócrifos.
El Decreto se encamina en dos asuntos: la reforma al artículo 113 del Código Fiscal de la Federación (en adelante el “Código”) y la adición de un artículo 113 Bis al referido Código; la reforma, aludida anteriormente, determina sanciones penales de tres meses a seis años de prisión a las personas que adquieran Comprobantes Fiscales que amparen operaciones inexistentes, falsas o actos jurídicos simulados.
La adición de un artículo 113 Bis al referido Código, trae consigo la sanción de tres a seis años de prisión a aquellas personas que expidan Comprobantes Fiscales señalados en al párrafo anterior; teniendo el Decreto como finalidad que tanto los emisores como los receptores de dichos Comprobantes Fiscales, sean acreedores a penas privativas de la libertad.
A continuación, les proporcionamos el enlace mediante el cual podrán conocer en su totalidad el contenido del Decreto
https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5560466&fecha=16/05/2019
Sin más por el momento les reiteramos que cualquier duda y/o asesoría que requieran para conocer más sobre el contenido e implicaciones legales de dicho Decreto, nos ponemos a sus órdenes.