CIRCULAR ADIP 2020, DISPOSICIONES PARA LA GOBERNANZA DE LAS TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES EN LA CIUDAD DE MÉXICO

Apreciables clientes y socios de negocio:

El pasado 06 de noviembre se publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México la “CIRCULAR ADIP 2020, DISPOSICIONES PARA LA GOBERNANZA DE LAS TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES EN LA CIUDAD DE MÉXICO” (en adelante, la Circular), mediante a que el titular de la Agencia Digital de Innovación Pública (en adelante, ADIP) de la Ciudad de México busca sistematizar la normatividad en materia de gobernanza tecnológica, además de lograr que los procesos relativos a la autorización y dictaminación técnica en materia de adquisiciones de bienes y servicios de las tecnologías de la información y comunicaciones (en adelante, TIC) estén dotados de certeza jurídica.

La Circular de referencia está dirigida a las alcaldías, dependencias, órganos desconcentrados y entidades de la administración pública de la Ciudad de México y contiene diversos elementos a considerar por estas para la dictaminación técnica y autorización relativa a actos que impliquen a las TIC y que versen sobre:

  • Adquisiciones, arrendamientos y contrataciones.
  • Autorización de traspaso, transferencia o donación de bienes y/o servicios.
  • Autorización para baja y disposición fina.

El documento de referencia señala también los estándares técnicos que deberán cumplir los bienes de TIC para garantizar la interoperabilidad y escalabilidad de estos; dichos estándares podrán consultarse en el enlace electrónico.

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Así mismo, se señala que cuando las dependencias deseen adquirir, arrendar o contratar la prestación de bienes y/o servicios de TIC que no se encuentren homologados con las disposiciones contenidas en los estándares técnicos,deberán solicitar y obtener un dictamen técnico favorable, mismo que deberá enviarse al titular de la Dirección General de Asuntos Jurídicos y Normatividad a través del correo electrónico institucional.

dictaminacion.adip@cdmx.gob.mx.

Finalmente, se señala que aquellas hipótesis no previstas por la Circular se resolverán por la ADIP con base en los principios determinados en la Ley de Operación de Innovación Digital de la Ciudad de México, en la Política de Gobernanza Tecnológica, Gobierno Digital y de Aplicación Móvil Única, además de los ordenamientos que sean relativos y aplicables a dichos supuestos.

A continuación, se proporciona el enlace para consultar de manera íntegra el contenido de la Circular de referencia, cuya vigencia inició el día hábil siguiente al de su publicación:

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Sin más por el momento, les reiteramos que nos ponemos a sus órdenes para atender cualquier duda y/o asesoría que requieran para conocer más sobre el contenido e implicaciones legales de la Circular en comento.