ACUERDO ACDO.AS2.HCT.240620/169.P.DIR, dictado por el H. Consejo Técnico en sesión de 24 de junio de 2020, por el que se autoriza la reanudación de los plazos y términos para efectos de la práctica de actuaciones, diligencias, audiencias, notificaciones o requerimientos en el ámbito de competencia de la Dirección de Incorporación y Recaudación, de los Órganos de Operación Administrativa Desconcentrada Regionales y Estatales, así como Operativos de este Instituto, respecto de aquellos patrones o sujetos obligados que reanuden actividades en los términos que establezcan las autoridades sanitarias correspondientes

Apreciables Clientes y Socios de Negocio:

El día de hoy se publicó en el Diario Oficial de la Federación el “ACUERDO ACDO.AS2.HCT.240620/169.P.DIR, dictado por el H. Consejo Técnico en sesión de 24 de junio de 2020, por el que se autoriza la reanudación de los plazos y términos para efectos de la práctica de actuaciones, diligencias, audiencias, notificaciones o requerimientos en el ámbito de competencia de la Dirección de Incorporación y Recaudación, de los Órganos de Operación Administrativa Desconcentrada Regionales y Estatales, así como Operativos de este Instituto, respecto de aquellos patrones o sujetos obligados que reanuden actividades en los términos que establezcan las autoridades sanitarias correspondientes” (en adelante, el Acuerdo), mediante el que el Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social (en adelante, IMSS) señala diversos acuerdos, entre los que destacamos los siguientes:

  1. Se reanuda el cómputo de plazos y términos para efectos de la práctica de actuaciones, diligencias, audiencias, notificaciones o requerimientos en el ámbito de competencia de la Dirección de Incorporación y Recaudación, de los Órganos de Operación Administrativa Desconcentrada Regionales y Estatales, así como Operativos del IMSS, únicamente respecto a los patrones y empresas que hayan reanudado actividades de acuerdo con el semáforo epidemiológico.
  2. Ampliar hasta el 26 de noviembre de 2020, el plazo para la presentación en el Sistema de Dictamen Electrónico del IMSS del dictamen del cumplimiento de obligaciones ante este Instituto, a que se refiere el artículo 161, del Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización.

A continuación, se comparte el enlace electrónico para consultar de manera íntegra lo señalado en el Acuerdo de referencia, cuya vigencia iniciará el día siguiente al de su publicación:

http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5596620&fecha=13/07/2020

Sin más por el momento, les reiteramos que nos ponemos a sus órdenes para atender cualquier duda y/o asesoría que requieran para conocer más sobre el contenido e implicaciones legales del Acuerdo.