NOTA INFORMATIVA – CIRCULAR DE LA FP/100/02/20

Apreciables Clientes y Socios de Negocio:

Mediante Circular FP/100/02/20, la Secretaria de la Función Pública, Irma Eréndira Sandoval, solicitó a las dependencias del gobierno federal que reduzcan “en al menos 50 por ciento el gasto asignado” a servicios generales y gastos de operación, con la finalidad de cumplir con las instrucciones del presidente Andrés Manuel López Obrador y hacer frente a la contingencia sanitaria.

La funcionaria señaló que para atender esta “imperiosa necesidad” de ahorro, las áreas de administración y finanzas “no realicen pagos por conceptos no contratados, ni se comprometan recursos adicionales a partir de hoy”.

Indicó que la disposición se enmarca en la política de austeridad republicana, a fin de “liberar recursos para atender esta situación excepcional”, sobre todo porque a partir de la Jornada Nacional de Sana Distancia, se redujo la ocupación de oficinas y el uso de insumos.

También advierte que, de no atender estas disposiciones, los servidores públicos incurrirían en una falta administrativa que puede ser sujeta de sanción.

Ahora bien, desde el punto de vista de esta firma legal, estimamos que la circular y el mensaje dado por la secretaria es muy claro respecto a la determinación de no realizar pagos no contratados; por tanto, los que se tienen contratados deben continuar pagándose, contrario a ello se estaría ante un incumplimiento de contratos por parte de la administración pública, lo cual en determinado momento traería más complicaciones para el propio gobierno; asimismo, se puntualizó que no deben comprometerse recursos adicionales; es decir, nada extraordinario o que no estuviera autorizado previamente debe comprometerse a pago; podemos entender con esto, que en su caso, las adjudicaciones, invitaciones o licitaciones que en su momento hubieran sido autorizadas y más aún si se trata de servicios que se encuentran dentro de las actividades esenciales señaladas en el acuerdo de lineamientos técnicos relacionados con las actividades descritas en los incisos c) y e) de la fracción II, del artículo primero del acuerdo por el que se establecen acciones extraordinarias para atender la emergencia sanitaria generada por el virus SARS-COV, encontrándose entre ellas los servicios de tecnología de la información que garanticen la continuidad de los sistemas informáticos de los sectores público, privado y social, publicado el 06 de abril del 2020, en el Diario Oficial de la Federación, no se verían afectados, siempre y cuando estuvieren previamente contratados y formalizados.

A continuación, les proporcionamos un enlace mediante el que podrán visualizar la publicación de la circular en comento:

https://www.razon.com.mx/mexico/gobierno-federal-reduce-50-gasto-asignado-a-operacion-yservicios-generales/

Sin más por el momento, les reiteramos que nos ponemos a sus órdenes para atender cualquier duda y/o asesoría que requieran para conocer más sobre el contenido e implicaciones de esta Nota Informativa.