Aviso por el que se dan a conocer los Criterios Técnicos Aplicables a Adquisiciones en Materia de TIC que deberá observar la Administración Pública de la CDMX

Apreciables Clientes y Socios de Negocio:

El 7 de noviembre de 2019 se publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, el aviso emitido por el Titular de la Agencia Digital de Innovación Pública de la Ciudad de México, José Antonio Peña Merino que contiene los “Criterios aplicables a las solicitudes de dictaminación técnica y/o autorización de adquisiciones, arrendamientos y prestación de servicios en materia de tecnologías de la información y comunicaciones” que deberá observar la administración pública de la Ciudad de México con el fin de optimizar y agilizar la expedición de estas. A continuación, le mencionamos algunos de los criterios requeridos por dicha autoridad para obtener un dictamen favorable en los procesos de contratación que se suscriban con organismos públicos pertenecientes al gobierno de la Ciudad de México:

I. BIENES O SERVICIOS SUJETOS A LOS CRITERIOS:

  • Servicios de telecomunicaciones y satélites.
  • Acceso de internet, redes y procesamiento de información.
  • Servicios integrales y otros servicios.
  • Arrendamiento de mobiliario y equipo de administración, educacional y recreativo.
  • Arrendamiento de activos intangibles.
  • Servicios de consultoría administrativa, procesos, técnica y en tecnologías de la información.
  • Instalación, reparación y mantenimiento de equipo de cómputo y tecnologías de la información.
  • Equipo de cómputo y de tecnologías de la información.
  • Equipos y aparatos audiovisuales.
  • Cámaras fotográficas y de video.
  • Equipo de comunicación y telecomunicación.

II. CRITERIOS GENERALES PARA OBTENER UN DICTAMEN FAVORABLE:

  • Elaborar la solicitud de acuerdo con los formatos publicados en la Circular ADIP 2019. (1)
  • Las solicitudes deberán justificar la necesidad de adquirir o arrendar los bienes y/o servicios, ser económicamente racionales, no ser redundantes u homólogas a otros bienes o servicios ya adquiridos y cumplir con requisitos de escalabilidad e interoperabilidad.
  • Con relación a la adquisición o arrendamiento de hardware, este deberá ser preferentemente nuevo y en ninguna circunstancia tener una antigüedad mayor a cinco (5) años, señalar la cantidad de bienes, contar con garantía de al menos un año, catálogo de refacciones, entre otros.
  • Las propuestas de software deberán recaer preferentemente en alternativas de código abierto. Cuando se opte por software propietario, justificar la decisión en términos de sus necesidades, anexando un cuadro comparativo de las funcionalidades de cada uno para determinar la mejor solución a sus requerimientos. Adicionalmente, deberá estar armonizada con la Circular ADIP 2019.
  • Para servicios que requieran alojamiento en línea, se deberá optar preferentemente por las soluciones proporcionadas por la ADIP.

III. CRITERIOS ESPECIALES PARA LA EMISIÓN DE DICTAMEN FAVORABLE:

  • Son aplicables a los i) servicios de desarrollo de sistemas, ii) servicios de mantenimiento a sistemas, iii) desarrollo y mantenimiento de aplicaciones móviles y iv) alojamiento web; se debe establecer la compatibilidad con las plataformas empleadas por el Ente Público solicitante, justificar su necesidad y en caso de incompatibilidad, justificar el beneficio de su adquisición, además de realizar la entrega de los códigos fuente, entrega de documentación relacionada con modificaciones o actualizaciones, definición de plataformas compatibles, garantías de servicios y tiempo de respuesta, protocolos para respaldo y recuperación de información, entre otros.

A continuación, le proporcionamos el enlace web mediante el que podrá acceder al contenido integral del documento señalado, a efectos de que puedan consultarse los puntos específicos relativos a cada uno de los rubros contemplados por dicha circular (hardware, software y servicios), mismos que entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México:

https://data.consejeria.cdmx.gob.mx/portal_old/uploads/gacetas/268e67b06df7b345a42b42a3f7009f41.pdff

Sin más por el momento les reiteramos que nos ponemos a sus órdenes para resolver cualquier duda y/o asesoría que requieran para conocer más sobre el contenido e implicaciones legales de la Circular y las resoluciones señaladas.


(1) https://www.adip.cdmx.gob.mx/dictaminacion