Apreciables clientes y socios de negocio:
El viernes 18 de junio, se publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el SEXAGÉSIMO TERCER AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL COLOR DEL SEMÁFORO EPIDEMIOLÓGICO DE LA CIUDAD DE MÉXICO, ASÍ COMO LAS MEDIDAS DE PROTECCIÓN A LA SALUD QUE DEBERÁN OBSERVARSE DERIVADO DE LA EMERGENCIA SANITARIA POR COVID-19, por lo cual el semáforo epidemiológico correspondiente a dicha entidad cambia a “Amarillo”. Debido a ello, se establecieron las siguientes medidas:
A partir del lunes 21 de junio de 2021:
a) Las actividades relacionadas con eventos deportivos, de entretenimiento, espectáculo y culturales en recintos cerrados que cuenten con una capacidad mayor a 1500 asistentes, podrán operar con un aforo máximo de 25%;
b) Las salas generales de cines y teatros podrán operar con un aforo máximo del 50%. En el caso de las salas vip en cines, podrán operar con un aforo máximo del 60%;
c) Los acuarios, archivos históricos, autocinemas, bibliotecas, gimnasio, plazas y centros comerciales, tiendas departamentales, museos y parques de diversiones podrán operar con un aforo máximo de 60%;
d) Los billares, boliches, casinos y casas de apuestas podrán operar hasta las 12:00 a.m., con un aforo máximo de 60%; y
e) Los establecimientos mercantiles que tienen como giro principal la venta de alimentos preparados, podrán brindar servicio al público conforme al horario permitido en su aviso o permiso de funcionamiento. Asimismo, podrán operar con un aforo máximo del 60% al interior de su local, con máximo 6 comensales por mesa; y al aire libre con un máximo 8 comensales por mesa.
Para consultar el Aviso les proporcionamos el siguiente hipervínculo: Click aquí.
Sin más por el momento, quedamos a sus órdenes en caso de que surgiera cualquier duda o comentario en relación con el Aviso en cuestión.
ATENTAMENTE
TAVARES & TAVARES LAW FIRM, S.A. DE C.V.