Apreciables Clientes y Socios de Negocio:
El día de ayer se publicó en el Diario Oficial de la Federación (en adelante, DOF) la “TERCERA Resolución General por la que se determina el monto del valor total de los activos a que hace referencia el artículo 9o. de la Ley de Inversión Extranjera” (en adelante, la Resolución), mediante la que la Comisión Nacional de Inversiones Extranjeras (en adelante, CNIE) señala que en cumplimiento de sus atribuciones (establecidas en la Ley de Inversión Extranjera y su Reglamento) y de lo señalado en diversos tratados internacionales de los cuales México forma parte, emite la actualización al monto de inversión extranjera para participación en una proporción mayor al 49% en el capital social de las sociedades mexicanas, cuando el valor total de los activos rebase aquel determinado por la CNIE.
En virtud de lo anterior, y toda vez que el ajuste señalado en el párrafo anterior se realiza en función de la tasa de crecimiento nominal del Producto Interno Bruto de México (que durante 2019 fue de 3.2%, según cifras del Instituto Nacional de Estadística y Geografía), la CNIE determinó que el monto referido anteriormente que estará vigente para 2020 será de $20, 184, 671, 346.26 (veinte mil ciento ochenta y cuatro millones seiscientos setenta y un mil trescientos cuarenta y seis pesos 26/100 M.N.).
Finalmente, se señala que con la entrada en vigor de la Resolución en comento se abrogó la similar publicada en el DOF el 10 de junio de 2019.
A continuación, se comparte el enlace electrónico para consultar de manera íntegra el contenido y los requisitos específicos contenidos en la Resolución en comento:
https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5592923&fecha=07/05/2020
Sin más por el momento, les reiteramos que nos ponemos a sus órdenes para atender cualquier duda y/o asesoría que requieran para conocer más sobre el contenido e implicaciones legales del Resolución en comento.