ACUERDO ACDO.AS2.HCT.070420/122.P.SG, dictado por el H. Consejo Técnico, por el que se autoriza suspender los trámites, procedimientos administrativos y/o procesos y declarar inhábiles para la práctica de actuaciones, diligencias, audiencias, notificaciones y/o requerimientos vinculados con el recurso de inconformidad y la respuesta de peticiones ciudadanas, competencia de la Secretaría General, los días comprendidos del día siguiente a la publicación de este Acuerdo en el Diario Oficial de la Federación a aquel en que se determine por este Órgano de Gobierno que han cesado las causas que dieron origen al Plan Estratégico Institucional para la Atención de la Contingencia por COVID-19

Apreciables Clientes y Socios de Negocio:

El pasado 16 de abril de 2020, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el “ACUERDO ACDO.AS2.HCT.070420/122.P.SG, dictado por el H. Consejo Técnico, por el que se autoriza suspender los trámites, procedimientos administrativos y/o procesos y declarar inhábiles para la práctica de actuaciones, diligencias, audiencias, notificaciones y/o requerimientos vinculados con el recurso de inconformidad y la respuesta de peticiones ciudadanas, competencia de la Secretaría General, los días comprendidos del día siguiente a la publicación de este Acuerdo en el Diario Oficial de la Federación a aquel en que se determine por este Órgano de Gobierno que han cesado las causas que dieron origen al Plan Estratégico Institucional para la Atención de la Contingencia por COVID-19”(en adelante, el Acuerdo) mediante el que el Consejo Técnico del Instituto Mexicano Del Seguro Social determina lo siguiente:

Con base en las medidas derivadas de los acuerdos emitidos por el Consejo de Salubridad General como respuesta al brote de infecciones relacionadas con el COVID-19, se declarará como inhábil para la práctica de diversas actuaciones y notificaciones el período señalado en el título del presente acuerdo, durante el que no correrán tampoco plazos o términos.

En virtud de lo anterior, se acompaña el siguiente anexo, a efecto de establecer de forma sintetizada aspectos relativos a la suspensión en comento:

A continuación, se comparte el enlace electrónico para consultar de manera íntegra lo señalado en el Acuerdo de referencia:

https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5591705&fecha=16/04/2020

Sin más por el momento, les reiteramos que nos ponemos a sus órdenes para atender cualquier duda y/o asesoría que requieran para conocer más sobre el contenido e implicaciones legales del Acuerdo.