ACUERDO General número 003/2020, por el que se suspenden temporalmente las actividades presenciales (no así sus servicios) que la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente realiza en sus oficinas centrales y delegaciones, que abarca del 6 de abril de 2020 y hasta la fecha en que el Consejo de Salubridad General determine que ha cesado la contingencia, y se implementan diversas medidas en relación con el funcionamiento y operación de sus áreas sustantivas, con motivo de la pandemia derivada del Coronavirus (COVID-19)

Apreciables Clientes y Socios de Negocio:

El 16 de abril de 2020, el Subprocurador de Asesoría y Defensa del Contribuyente (en adelante, PRODECON) expidió el “ACUERDO General número 003/2020, por el que se suspenden temporalmente las actividades presenciales (no así sus servicios) que la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente realiza en sus oficinas centrales y delegaciones, que abarca del 6 de abril de 2020 y hasta la fecha en que el Consejo de Salubridad General determine que ha cesado la contingencia, y se implementan diversas medidas en relación con el funcionamiento y operación de sus áreas sustantivas, con motivo de la pandemia derivada del Coronavirus (COVID-19)” (en adelante, el Acuerdo) con el objetivo de coadyuvar a la mitigación de desplazamientos innecesarios por parte de los habitantes de la Ciudad de México.

En líneas generales, el Acuerdo en comento determina la suspensión temporal de la atención presencial al público en general y los trámites presenciales que la PRODECON realiza en sus oficinas y delegaciones. No obstante, lo anterior el Acuerdo señala que, a efecto de continuar con la recepción de documentos y prestación de servicios vía remota, se deberán atender diversas disposiciones, entre las que se encuentran las siguientes:

I. Tratándose de promociones relacionadas con procedimientos en trámite, se deberán enviar desde las cuentas de correo electrónico señaladas en los expedientes respectivos.

II. Los informes que rindan las autoridades, así como las solicitudes de queja promovidas por los contribuyentes, deberán enviarse a la dirección de correo electrónico quejas@prodecon.gob.mx

III. Las promociones relacionadas con la Dirección General de Acuerdos Conclusivos deberán entregarse a la dirección de correo electrónico acuerdosconclusivos@prodecon.gob.mx.

IV. Los escritos dirigidos a la Subprocuraduría de Asesoría y Defensa del Contribuyente se harán llegar a la dirección electrónica asesoria.defensa@prodecon.gob.mx.

V. Las promociones y escritos de asuntos tramitados en la Subprocuraduría de Análisis Sistémico y Estudios Normativos deberán enviarse a la dirección de correo electrónico analisis.sistemicos@prodecon.gob.mx.

VI. Cualquier escrito, oficio o informe que se dirija a la Secretaría General o cualquiera de sus unidades administrativas, deberá enviarse a través del correo electrónico secretariageneral@prodecon.gob.mx.

A continuación, se comparte el enlace electrónico para consultar de manera íntegra lo señalado en el Acuerdo de referencia, donde se señalan también diversas especificaciones técnicas que deberán cumplir los documentos enviados a la PRODECON:

https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5591707&fecha=16/04/2020

Sin más por el momento, les reiteramos que nos ponemos a sus órdenes para atender cualquier duda y/o asesoría que requieran para conocer más sobre el contenido e implicaciones legales del Acuerdo.