Dicha NOM tiene como objetivo principal establecer los elementos necesarios para que los centros de trabajo puedan identificar, analizar y prevenir los factores de riesgo psicosocial que puedan afectar directamente a los trabajadores, así como promover un entorno organizacional favorable.
¿Qué son los factores de riesgo psicosocial?
Son las circunstancias que, por el trabajo, la jornada laboral o por presenciar acontecimientos traumáticos, pueden provocar trastornos de ansiedad, sueño, estrés grave y dificultades para adaptarse, esto derivado de la naturaleza de las funciones del puesto de trabajo o actos de violencia laboral hacia el trabajador.
Pero … ¿Qué significa?
La NOM señala que, las empresas deben promover un ambiente laboral saludable a través de principios y compromisos que ayuden a la prevención de dichos factores de riesgo, promoviendo las acciones que propicien un entorno laboral favorable, por lo que dispone de un método para la identificación y análisis de dichos puntos.
Su intención principal se enfoca en el desarrollo de un sentido de pertenencia de los trabajadores a la empresa, la adecuada formación para la realización de las tareas encomendadas, responsabilidades definidas para los trabajadores, la participación proactiva y comunicación entre los trabajadores, así como una distribución adecuada de las cargas de trabajo.
La intervención y canalización de los trabajadores a especialistas sólo se requerirá en situaciones graves cuando exista evidencia de signos o síntomas que denoten alteración de la salud de los trabajadores y que el resultado de las evaluaciones indique otras necesidades. Por lo tanto, no debe entenderse que la NOM 035 pretende ser una herramienta de evaluación psicológica o de trastornos mentales.
¿En qué me beneficia como empresa?
La implementación y fomento de entornos favorables genera un sentido de pertenencia y compromiso mayor en los trabajadores, a lo que también se le conoce como salario emocional. A mayor bienestar, mayor productividad, esto significa, que los cambios que beneficien a los trabajadores mejoraran la producción, actividades, o economía de las empresas.
¿Es obligatorio?
Sí, el cumplimiento de la NOM 035 es obligatorio para todos los centros de trabajo del territorio nacional. Sin embargo, hay capítulos específicos donde se señalan obligaciones diferenciadas, las cuales deberán cumplirse dependiendo del número de trabajadores de cada organización, es decir:
- 1 a 15 trabajadores
- 16 a 50 trabajadores
- 51 o más
¿Cómo puedo cumplir?
La primera etapa de la NOM 035 entro en vigor el pasado 23 de octubre del año en curso, por lo que es de suma importancia que los centros de trabajo se aseguren de establecer, internamente, los criterios que hemos comentado, a través de una política que definir una cultura organizacional y que equilibre las cargas de trabajo para que estas no excedan las estipuladas en la ley, la cual deba ayudar a mantener un balance entre lo laboral, personal y emocional.
¿Y si no cumplo?
Las empresas tienen la obligación jurídica de proteger en el lugar de trabajo, la salud y la seguridad de sus empleados, incluyendo los riesgos psicosociales; postergar su cumplimiento o no hacerlo, puede causar una baja productividad por parte de sus trabajadores. A partir del 2020, las sanciones por incumplimiento oscilan entre los $21,122.00 pesos hasta los $422,450.00 pesos. Si quieres conocer más sobre el debido cumplimiento de la norma, o tienes dudas sobre tus obligaciones legales como empresa, acércate a nosotros, con mucho gusto te orientamos para que tu empresa se encuentre al día con el cumplimiento de esta normatividad, si perteneces a la Asociación Mexicana de Agentes de Seguros y Fianzas, A.C., “AMASFAC”, obtendrás el 20% de descuento en todos nuestros servicios legales.